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jueves, 25 de septiembre de 2014

Buscan diputados más recursos para zona metropolitana de Poza Rica

FOTO 3 Juan Alfredo Gandara

· Piden los diputados Jorge Vera Hernández y Juan Alfredo Gándara Andrade exhortar a los alcaldes para que presenten sus proyectos o acciones al Fondo Metropolitano

· El diputado Octavio Perez Garay plantea establecer los requisitos para las congregaciones

Xalapa, Ver.- Para que la zona metropolitana de Poza Rica sea considerada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, los diputados Jorge Vera Hernández y Juan Alfredo Gándara Andrade propusieron exhortar a los alcaldes de Poza Rica, Cazones, Coatzintla, Papantla y Tihuatlán, para que presenten sus proyectos o acciones al Fondo Metropolitano, ante el Consejo para el Desarrollo Metropolitano del Estado.

Este pronunciamiento, leído por el diputado Vera Hernández, busca que se destinen mayores recursos a esa zona metropolitana, para abatir carencias en materia de infraestructura, agua potable y comunicación, principalmente.

En tribuna, el Legislador explicó que uno de los objetivos del Programa Veracruzano de Desarrollo Social 2011-2016 es generar y detonar con infraestructura regional urbana el fortalecimiento y desarrollo de zonas metropolitanas seguras y sustentables que abatan el rezago social.

En este documento, turnado a la Junta de Coordinación Política para su análisis, también propone exhortar a la Secretaría Técnica del Consejo para el Desarrollo Metropolitano del Estado, que reciba y revise los programas, proyectos y estudios presentados por los alcaldes de la zona metropolitana de Poza Rica y, en su caso, los presente a la consideración del Consejo.

FOTO 1 Jorge Vera Hernández

Durante la sesión ordinaria, el diputado Octavio Pérez Garay propuso modificar la Ley Orgánica del Municipio Libre, para establecer que la Congregación será la demarcación territorial en la que funja como auxiliar del Ayuntamiento un agente municipal y que comprenda uno o más centros de población, siempre que el número de habitantes sea mayor a 2 mil 500.

El Diputado explicó que la legislación actual no especifica los requisitos de la Congregación, por lo que, con la reforma al artículo 11, párrafo segundo de la citada ley, se definiría esta categoría y se consideraría la posibilidad de que se acceda a los servicios públicos.