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Con ello se garantiza los derechos de los migrantes y da facultades al Congreso
local para modificar el presupuesto del Gobierno de Veracruz
Xalapa,
Ver.- Diversas reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de
Veracruz, que permitirán atender la pobreza, garantizar los derechos humanos de
los migrantes y que el Congreso local pueda modificar el Presupuesto de Egresos
que envíe el titular del Poder Ejecutivo Estatal, aprobaron por unanimidad los
miembros del Cabildo durante la Sesión Extraordinaria celebrada este miércoles.
Se
autorizó adicionar un párrafo al artículo 6, para que el Estado y los
ayuntamientos promuevan el derecho al mínimo vital de la población en situación
vulnerable y garantizar su derecho a una vida digna, a la integridad física, a
la igualdad, la salud, al trabajo y a la seguridad social. Para ello se contará
con un presupuesto y el monto asignado siempre será mayor al aprobado en el
ejercicio inmediato anterior.
También
se aprobó el Proyecto de Decreto que adiciona el inciso d) a la fracción I del
artículo 26 y reforma la fracción XXI del artículo 49 de la Constitución, para
que el Gobernador rinda su informe de manera personal ante el Congreso del
Estado, entregue el documento por escrito y comparezca ante las y los
legisladores, tras la presentación de los secretarios de despacho.
Se
avaló el Proyecto de Decreto que adiciona la fracción VII al artículo 67, para
que la Editora de Gobierno se desincorpore del Poder Ejecutivo y sea organismo
autónomo, con el propósito de cumplir a cabalidad sus funciones y explotar al
máximo su labor editorialista y de difusión.
Los
miembros del Cabildo aprobaron el Proyecto de Decreto que reforma el párrafo
noveno del artículo 4 y adiciona un párrafo séptimo al artículo 5, para
reconocer los derechos de los migrantes.
De
igual manera, la reforma al artículo 26 fracción I, inciso a) de la
Constitución Política del Estado, con lo que el Congreso local podrá examinar,
discutir y en su caso modificar y aprobar el presupuesto que en relación con
los ingresos y egresos del año siguiente le sea presentado por el Gobernador,
entre el 6 y 10 de noviembre.
Hubo
acuerdo unánime para reformar el segundo párrafo del artículo 68, con lo que las
candidaturas independientes que participen en la integración de los ayuntamientos
tendrán derecho a la asignación de regidurías bajo el principio de
representación proporcional. El partido político o la candidatura independiente
que alcance mayor número de votos obtendrá la Presidencia y la Sindicatura, y
las regidurías se asignarán a cada partido y a la candidatura independiente.
Finalmente,
avalaron el Proyecto de Decreto que reforma la fracción III del artículo 58 y
adiciona la fracción XV al artículo 56 de la Constitución Política del Estado, que
establecería como requisito para ser Magistrado tener título de Licenciado en Derecho,
con una antigüedad mínima de diez años, y que da facultad al Poder Judicial del
Estado para elaborar un dictamen técnico respecto de los magistrados en
posibilidad de ser ratificados.