Las noticias de Veracruz en Internet

jueves, 13 de diciembre de 2018

Presenta diputada Brianda Kristel Hernández Topete iniciativa para proteger a menores en las escuelas


La diputada Brianda Kristel Hernández Topete Integrante del Grupo Legislativo Mixto Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, presentó este jueves ante el pleno, una iniciativa de decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VI del Artículo 18, de la Ley de Educación del estado de Veracruz para preservar la integridad física, psicológica y social de los menores de edad.
La iniciativa de referencia, presentada por la diputada por el distrito de Santiago Tuxtla, se turna para su análisis y dictaminación a las Comisiones Permanentes Unidas de Educación y Cultura y de Derechos y Niñez y la Familia.
LA INICIATIVA EN MENCIÓN, TRATA LO SIGUIENTE:
Artículo Único. - Se reforma el párrafo segundo de la fracción VI del artículo 18 de la Ley de Educación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 18. …En la impartición de educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al estudiante la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y derechos humanos. En caso de que las autoridades educativas, docentes y demás personal que labora en los planteles de educación tengan conocimiento de que algún educando sea víctima de maltrato infantil o de cualquier otro delito que ponga en riesgo su vida e integridad física o psicológica deberán de inmediato hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes y actuar conforme al protocolo de atención para menores víctimas de maltrato infantil. De igual forma, cuando noten la prolongada o reiterada ausencia de un estudiante, deberán notificarlo o reportarlo ante la Procuraduría Estatal o municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con la finalidad de descartar o detectar posibles situaciones de maltrato infantil.
TRANSITORIOS:
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Tercero. En un plazo de sesenta días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Educación del Estado expedirá el “Protocolo de Atención Para Menores Víctimas de Maltrato Infantil”.