* El
proceso, a cargo de la Junta Municipal Electoral, concluirá el 1 de mayo
Los
candidatos, propietario y suplente, deberán ser ciudadanos veracruzanos en
pleno ejercicio de sus derechos, originarios de la congregación o ranchería que
corresponda, o con residencia efectiva en su territorio, no menor de tres años antes
del día de la elección. No ser ministros de algún culto religioso, servidores
públicos en ejercicio de autoridad, representantes de algún partido político ni
tener antecedentes penales.
Los
agentes municipales propietarios no podrán ser elegidos para el periodo
inmediato siguiente, pero sí los suplentes. Se acreditarán un representante
propietario y un suplente ante la Junta Municipal Electoral, por escrito, y
presentando original para cotejo y fotocopia de la Credencial de Elector de
cada uno de ellos.
Para
este proceso electoral, que concluirá el 1 de mayo de 2018, el H. Ayuntamiento
de Xalapa estará a cargo de su preparación, desarrollo y vigilancia. El proceso
se realizará con independencia de cualquier tipo de organización política.
Los
interesados en contender pedirán su registro por escrito, a partir de la
instalación de la Junta Municipal Electoral y hasta cinco días antes de la votación,
y deberán presentar documentos como Acta de Nacimiento, Credencial de Elector, Constancia
de Residencia Efectiva y Constancia de no Inhabilitación, entre otros.
La
Junta Municipal Electoral recibirá las solicitudes, verificará el cumplimiento
de los requisitos y notificará la procedencia o improcedencia de los registros,
publicando en la Tabla de Avisos del Ayuntamiento los acuerdos respectivos.