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miércoles, 29 de julio de 2026

¿Lineamientos del INE vulnera la libertad de expresión?

 La Columna

Por Fanny Yépez


Analistas y periodistas advierten riesgos de control o censura

El artículo 6º de la Constitución Mexicana, garantiza el derecho a la libertad de expresión

  

Se ha abierto un intenso debate sobre si el Instituto Nacional Electoral (INE), vulnera o no la libertad de expresión al emitir lineamientos para noticieros, paginas digitales y redes sociales que pone la equidad electoral frente a la censura previa. Analistas y periodistas señalan riesgos de control, mientras que la autoridad argumenta la necesidad de regular flujos informativos y frenar discursos de odio.

 La Organización defensora de la libertad de expresión Artículo 19 y los lineamientos o resoluciones del Instituto Nacional Electoral (INE) gira principalmente en torno a la defensa del ejercicio periodístico.

 Articulo 19 ha criticado severamente cómo ciertas normativas y medidas cautelares del árbitro electoral interfieren con la libertad de prensa y de expresión en México.

 El hecho es que, los medios de comunicación de radio y televisión podrían enfrentar multas económicas si no cumplen los nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias, en un esquema en el que el gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo además de establecer las reglas, también, a través de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), determinará cuándo esas disposiciones fueron incumplidas.

 De acuerdo con la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y con el proyecto de lineamientos sometido a consulta por la CRT, las sanciones económicas podrán imponerse cuando una concesionaria de televisión o radio difunda “información falsa, información descontextualizada o presente información histórica como si fuera actual”

 Lo cierto es que el Instituto Nacional Electoral (INE), perfila una serie de lineamientos y recomendaciones dirigidas a los noticiarios y programas de radio y televisión. Estas pautas buscan normar y orientar la cobertura informativa de las precampañas y campañas para el Proceso Electoral Federal 2026-2027.

 Aunque jurídicamente funcionan como sugerencias que no imponen sanciones ni buscan afectar la libertad de expresión, el organismo establece condiciones mínimas de transparencia, equidad e inclusión para las audiencias.

 Y mientras en las mesas de redacción se prendieron los focos rojos y reaccionaron los noticieros de radio y televisión, sobre si el INE viola la constitución y se corre el riesgo a la libertad y de censura y en zonas grises (espacios de ambigüedad, incertidumbre y vacíos legales o conceptuales donde las reglas no son claras. Dependiendo del tema, se refieren a situaciones que no son totalmente correctas ni incorrectas, o a límites que nadie define bien.) La CIRT propuso un ejercicio con sus más de mil 200 estaciones afiliadas para fijar una posición unificada para presentarla en la consulta pública.

 La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) señaló que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que presentó Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, que anuncio en la mañanera, de este martes 28 de julio, son "ambiguos y dan lugar a discrecionalidad".

 A través de un comunicado expresaron su apoyo al "mandato regulatorio para avanzar el tema de la protección de las audiencias", pero al analizar lo que está a consulta pública localizaron algunos puntos a corregir para evitar una "regresión democrática".

 Advierten que reglas imprecisas permiten a la autoridad interpretar contenidos de manera discrecional. Afectación editorial, acusan que fijar criterios sobre qué información corregir o destacar, interfiere con la labor de los comunicadores. Consideran que las sanciones y supervisiones generan autocensura en los medios electrónico.

 "Entendemos que la posición del CRT (Comisión Reguladora de Telecomunicaciones) no es de censurar, pero hay temas que preocupan y que, para evitar riesgos de una regresión democrática y a la libertad de expresión, habría que corregir y/o definir con pulcritud", dijo.

 La CIRT advirtió que estos "Lineamientos son aún ambiguos y dan lugar a discrecionalidad por el gobierno. El Proyecto permite a al Gobierno definir que es información falsa o descontextualizada. Desvirtuando los mecanismos de autorregulación y anulando al defensor de las audiencias quien queda como subordinado a la autoridad".

 Para CIRT, es importante que estas quejas no sean anónimas o de lo contrario se pueden prestar a mecanismos de coerción "contra comunicadores y periodistas a través de la presentación de quejas falsas y/o artificiales".

 Finalmente, la CIRT considera que la consulta que abrió la CRT es muy importante para "corregir errores y excesos que podrían poner en riesgo la libertad de expresión que todos valoramos y la decisión de las audiencias de ver y escuchar la programación de México y del Mundo que deseen", subrayó.

 Los argumentos que esgrime la autoridad electoral

 Equidad en la contienda, sostienen que el monitoreo busca evitar coberturas facciosas y asegurar piso parejo entre contendientes.

 Nuevos riesgos tecnológicos, argumentan la necesidad de regular el uso de inteligencia artificial y la desinformación. Derechos de las audiencias, defienden que normar los espacios informativos protege el derecho de la ciudadanía a recibir datos verificados.

 Identificación explícita, los medios deberán señalar claramente a su audiencia cuando utilicen imágenes, textos, audios o videos generados o modificados mediante herramientas de Inteligencia Artificial.

 Verificación obligatoria, se pide a los equipos de noticias rastrear y validar la autenticidad de los contenidos para mitigar riesgos de manipulación informativa o noticias falsas.

 Equidad e Información de Calidad en debates equitativos, al organizar debates independientes, se solicita garantizar formatos neutros y asegurar la participación de al menos dos candidatos.

 Contenido con enfoque de propuesta privilegiar el análisis de las plataformas políticas e iniciativas de los aspirantes, dejando de lado anécdotas triviales o la exposición de la vida privada.

 Separar de manera evidente las notas netamente informativas de los espacios de opinión, utilizando cortinillas o aclaraciones verbales directas. Erradicación de Discursos de Odio y Violencia de Género.

 Veto a mensajes violentos, restringir expresiones o imágenes que promuevan el odio o la discriminación tanto en las intervenciones de conductores como en el material de apoyo. Freno a la violencia de género: Extremar precauciones editoriales para evitar conductas que vulneren o desacrediten a las mujeres en la contienda, actuando con prontitud ante posibles agresiones mediáticas.

 Bueno, pues como dicen los clásicos, no es por intrigar, pero les recuerdo que el Artículo 6º de la Constitución Mexicana, garantiza la libertad de expresión, el derecho a la información y el acceso a las tecnologías de la comunicación.