· 54
contratos adjudicados directamente a 13 empresas contratistas
· Sin
respetar los criterios normativos de imparcialidad y transparencia
· En
el año 2020 se aumentaron servicios personales por más de cinco millones
Por Miguel Angel Cristiani Gonzalez
En los resultados del Informe de la
Cuenta Pública del municipio de Perote, dos son los temas que merecen ser
detallados, primero el de la asignación de contratos para obras públicas, ya
que de 94 contratos se adjudicaron 54 a solo 13 empresas contratistas, sin
respetar los criterios normativos de imparcialidad y transparencia.
Es decir, que estuvieron otorgando
los contratos, con un grupito de 13 empresas favoritas de la administración
municipal.
El otro asunto que llama la atención
de lo que resulta una mala administración de los recursos del municipio, es el
hecho de que la asignación global de servicios personales aprobada
originalmente en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2020, por
$53,205,829.68, la incrementó durante el mismo ejercicio fiscal a
$58,560,105.00 (cifras del modificado), que representa el 10.06 % con respecto
a lo aprobado.
En otras palabras, que se despacharon
con la cuchara grande en la asignación de sueldos y prestaciones, con algo más
de cinco millones de pesos, en tan solo un año, por encima de lo autorizado
para ejercer.
Fueron varias las observaciones a la
obra y al presupuesto que hizo el ORFIS dentro de las que se encuentran la Observación
Número: TM-128/2020/006 ADM, Descripción: Procedimientos de Adjudicación de
obras y servicios, como parte de la Auditoría Técnica al ejercicio de los
recursos destinados a una muestra de obras a cargo del Ente, se adiciona la
verificación al proceso de adjudicación de contratos al universo de obras y servicios
relacionados con ellas, que se determina por el resultado del análisis de las
modalidades de adjudicaciones aplicadas y el cumplimiento a lo establecido en
el Presupuesto de Egresos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que lo
remite en todos los casos al Presupuesto de Egresos de la Federación que
establece los parámetros normativos correspondientes.
Del análisis del proceso, se tiene
que el techo financiero en obras y servicios es de $111,376,484.95 por lo que
los montos máximos y mínimos para adjudicar contratos son; para obras y
servicios relacionados con ellas:
Monto máximo total por obra que podrá
adjudicarse directamente $760,960.00
Monto máximo total por servicio
relacionado con obra que podrá adjudicarse directamente $383,960.00.
Monto máximo total por obra que podrá
adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres personas $6,270,960.00.
Monto máximo total por servicio
relacionado con obra que podrá adjudicarse mediante invitación a cuando menos
tres personas $4,750,200.00.
Entendiendo que cualquier monto
superior al máximo para adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres
personas, obligadamente deberá realizarse mediante Licitación Pública Nacional.
Asimismo, durante el ejercicio 2020,
se reportan 94 obras y servicios adjudicados mediante contrato por un monto
total de $103,659,189.03, encontrando lo siguiente:
55 obras y servicios contratados a
través del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas.
39 obras y servicios contratados a
través del procedimiento de Adjudicación Directa.
De lo analizado, se encontró que los
contratos se adjudicaron en concordancia a los montos máximos y mínimos que
establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el techo financiero
destinado por el Ente para la ejecución de obras.
De los 94 contratos se adjudicaron 54
a solo 13 empresas contratistas, sin respetar los criterios normativos de
imparcialidad y transparencia.
Resultando que, los Servidores y/o ex
Servidores Públicos presuntamente contravinieran con la normatividad vigente en
la realización de los procesos de adjudicación de contratos por trasgredir los criterios
de imparcialidad y transparencia; incumpliendo presuntamente los servidores y/o
ex servidores públicos responsables con los artículos del 27 al 44 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y del artículo 31 al 48
y del 59 al 78 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, para el caso de fuentes de financiamiento de
aplicación de normatividad federal o incumpliendo con los artículos del 34 al
52 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave y del artículo 28 al 65 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave para las obras y servicios con fuente de financiamiento
de aplicación de normatividad estatal.
Por lo anterior, se estima procedente
dar vista al Titular del Órgano de Control Interno para que en el ejercicio de
sus funciones realice la investigación correspondiente, en contra de los
servidores y/o ex servidores públicos probables responsables del proceso de
adjudicación de contratos para la ejecución de las obras, así como se lleve un
puntual seguimiento y supervisión de los mismos con la finalidad de dar
cumplimiento a los criterios de imparcialidad y transparencia.
En cuanto al tema de sueldos y
prestaciones se establece en la Observación Número: DE-128/2020/005 ADM: El
Ente Fiscalizable a la asignación global de servicios personales aprobada
originalmente en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2020 por $53,205,829.68,
la incrementó durante el ejercicio fiscal a $58,560,105.00 (cifras del
modificado), que representa el 10.06 % con respecto a lo aprobado, incumpliendo
presuntamente los servidores públicos y/o ex servidores públicos con lo
dispuesto por los artículos 13 fracción V, 21 y 60, párrafo primero de la Ley
de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Falta lo que viene en el informe de
la cuenta pública de este último año de la administración municipal.
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