Xalapa, Ver. a 11 de marzo de 2026. Desde la Comisión edilicia para la Igualdad de Género del Ayuntamiento de Xalapa integrada por las regidoras Mónica Mendoza Madrigal como titular y Susan Liliana Morales Segura como integrante, se emitió un claro posicionamiento respecto del proceso de elección para renovar las titularidades de las agencias municipales correspondientes a las cinco congregaciones que son parte del municipio de Xalapa para el período de 4 años transcurridos entre el 1 de mayo de 2026 hasta el 30 de abril de 2030.
La convocatoria aprobada por el pleno
del Cabildo el 23 de febrero y en la que se recogen las observaciones realizadas
por la LXVII Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave se apega a los
principios de paridad de género e igualdad sustantiva, según lo dispuesto en
los artículos 6, 15 fracción I,
y 68 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y el artículo 19 de
la Ley Orgánica del Municipio Libre.
A través de esta esta convocatoria, se
establecieron los mecanismos para garantizar que la participación de mujeres y
hombres se de de forma equitativa y estuviera asegurada, determinando que el
50% de las candidaturas propietarias fueran para mujeres y el 50% a hombres. Para
dar cumplimiento a este procedimiento, la Junta Electoral Municipal ajustó el
número de candidaturas para hombres de acuerdo con el número de mujeres
registradas en aquellas congregaciones en donde fuera apropiado hacerlo y de
acuerdo con el orden de precedencia, señalando además el mecanismo para validar
las fórmulas y asegurar que fueran consistentes con el principio de paridad.
La convocatoria también consideró que,
si un mayor número de mujeres deseaba participar, se permitiría su registro
para asistir y complementar la representación
comunitaria. Estas fórmulas igualmente incorporaron ciertas combinaciones, que
estaban destinadas a evitar cualquier simulación de paridad y garantizar la
realización de este principio.
El
documento que fue publicado en la página oficial del ayuntamiento de Xalapa el 23
de febrero señala con toda claridad los
plazos, requisitos y procedimientos para registrar la participaciòn de cada
persona interesada y es responsabilidad de la ciudadanía leer detenidamente las
bases, para preparar toda la documentación para registrarse al proceso.
De
acuerdo a las bases dadas a conocer, este lunes 9 de marzo se publicó el
listado de procedencia e improcedencia de las
solicitudes recibidas. A ese
respecto se comenta que en total se registraron 25 mujeres y 25 hombres, de los
cuales la Junta Electoral Municipal determinó que, por congregación contender
en El Castillo 2 fórmulas, en Tronconal 4 fórmulas, en 6 de Enero 4 fórmulas,
en Chiltoyac 2 fórmulas y en Julio Castro – mejor conocida como Las
Trancas – 4 fórmulas.
Hemos
conocido la inconformidad de algunos de los hombres que o no pudieron
participar o su registro fue señalado como improcedente porque no se cumplía con los requisitos y el criterio de
participación antes señalado. Ante su sentir expresamos nuestro respeto, pero
señalamos que los procesos democráticos tienen reglas claras y deben realizarse
apegados a la ley.
Es una
coincidencia que la fecha de inicio del proceso de campaña para quienes aspiran
a ser Agentes Municipales inicie
al día siguiente del Día Internacional de las Mujeres, lo que para
nosotras y nosotros en este Ayuntamiento, no es una conmemoración más en el
calendario anual, sino un acto de reivindicación plena de derechos que
respetamos y al que damos cumplimiento.
Desde
la Comisión para la Igualdad avalamos el procedimiento que este Ayuntamiento ha
seguido para definir la lista de las personas que son candidatas y candidatos a las agencias
municipales y abrazamos el respeto por la progresividad en derechos que como
autoridad municipal nos corresponde respetar.
El cumplimiento efectivo de la paridad
de ningún modo inhibe la participación ciudadana de los hombres, sino que busca
garantizar la representación política de las mujeres, que en el municipio de
Xalapa es del 53.6% del total de la población.
Las agencias municipales son autoridades auxiliares en las
demarcaciones que pertenecen al municipio de acuerdo con la Ley Orgánica
del Municipio Libre y no están exentas de cumplir con la ley, como lo es el principio
constitucional de la paridad.
Es importante señalar que el municipio
es el ámbito del poder público en donde la paridad no ha logrado alcanzarse a
nivel nacional y es un deber legal y ético velar porque el avance político de
las mujeres esté garantizado. Al respecto afirmamos que la paridad no desplaza
la participación política de los hombres ni limita sus derechos políticos, sino
que busca redistribuir la representación de manera justa, a pesar de la
existencia de prácticas culturales que se resisten a estos procesos de transformación
social.
No es democrático ni justo ni
equitativo que se sostengan prácticas patriarcales ancladas en dinámicas
culturales que buscan perpetuar roles y prácticas de poder por encima de lo
legal.