v 1,822
observaciones por un monto total de $1,682,472,864.60
v Recuperaciones y reintegros por $160,846,385.89
y $16,463,108.70
v Pueden dar lugar a fincamiento de sanciones
para los funcionarios
Por
Miguel Angel Cristiani Gonzalez
Aunque en los 212 municipios del estado de Veracruz, ya se
fueron los funcionarios públicos de las comunas, lo cierto es que todavía
quienes manejaron recursos financieros de los presupuestos, todavía siguen
pendientes de aclarar las observaciones a las llamadas Cuentas Públicas que le
detectaron en las auditorías practicadas por el ORFIS y que de no ser
solventadas pueden dar lugar a la determinación de responsabilidades y fincamiento
de indemnizaciones y sanciones.
Así que aunque ya no están en el poder, todavía no se pueden
ir tranquilamente a sus casas, porque antes tendrán que aclarar las irregularidades
detectadas en el ejercicio del poder en los últimos años.
Hay que recordarles que de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 52 de la Ley Fiscalización Superior, el ORFIS emite Pliegos de
Observaciones a los servidores públicos o personas responsables de su
solventación, aun cuando se hayan separado del cargo público, de los Entes
Fiscalizables, para que un plazo de quince días hábiles, contados a partir del
día siguiente a aquél en que surta sus efectos la notificación respectiva,
presenten documentación justificativa y comprobatoria, así como las aclaraciones
pertinentes, a efecto de solventar las inconsistencias o irregularidades que se
hayan detectado y previo análisis de la solventación presentada, determinar las
observaciones solventadas, así como aquéllas no solventadas que impliquen
irregularidades, incumplimiento de disposiciones o posibles conductas ilícitas.
Por otra parte, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 57 de la Ley de Fiscalización Superior y con base en las auditorías
efectuadas, la documentación e información justificativa y comprobatoria
presentadas, actas circunstanciadas, papeles de trabajo relativos, Pliegos de
Observaciones, solventaciones y aclaraciones presentadas, el ORFIS determina y
genera los Informes Individuales y el Informe General Ejecutivo
correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2020,
debidamente fundados y motivados.
Como resultado de la Fiscalización Superior a las Cuentas
Públicas de los Municipios y Entidades Paramunicipales, se determinaron
inconsistencias las cuales fueron consignadas en los respectivos Pliegos de
Observaciones, mismos que se dieron a conocer a los servidores públicos y/o ex
servidores públicos responsables de los Entes Fiscalizables Municipales para su
solventación.
Una vez notificados los Pliegos de Observaciones, los
servidores públicos y/o ex servidores públicos se presentaron en las
instalaciones del ORFIS, dentro del plazo de quince días hábiles concedidos por
la Ley de Fiscalización Superior para presentar las aclaraciones y la
documentación justificativa y comprobatoria.
Con base en ello, presentaron además de aclaraciones y
documentación, recuperaciones y reintegros a las cuentas bancarias de los
fondos observados, los cuales ascienden a las cantidades de $160,846,385.89 y
$16,463,108.70, importes que serán objeto de auditorías de seguimiento en el
Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2021.
Asimismo, es importante hacer mención que durante el proceso
de solventación los Entes Fiscalizables Municipales, llevaron a cabo reintegros
a la Tesorería de Federación por importe de $17,488,703.16, derivado de saldos
no comprometidos y/o devengados al 31 de diciembre o en su caso que no fueron
ejercidos durante el primer trimestre de 2021, haciendo un total de
$194,798,197.75.
Lo anterior, de conformidad con la Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Una vez concluido el
Procedimiento de Fiscalización Superior, con la elaboración y entrega del
presente Informe General del Resultado de la Fiscalización Superior de Entes
Municipales, en materia de auditoría financiera y obra pública se reporta un
total de 1,822 observaciones por un monto de $1,682,472,864.60 (incluye
Municipios y Paramunicipales), que adquieren el carácter de irregularidades que
pudieran ser representativas de un presunto daño al patrimonio municipal y/o un
posible desvío de recursos y dar lugar a la
determinación de responsabilidades y fincamiento de indemnizaciones y sanciones
a quienes manejaron los recursos públicos respectivos.
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