Ciudad de México, a 21 de diciembre de 2021.
La Cámara de Diputados presentó ante la
Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de controversia
constitucional en contra del Instituto Nacional Electoral (INE), que decidió
aplazar diversas fases de la consulta de revocación de mandato.
Después de un
detallado análisis jurídico realizado por este órgano del Congreso de la Unión,
se observaron diversas irregularidades constitucionales que invaden el ámbito
de competencia de esta Cámara en ejercicio de sus facultades exclusivas en
materia presupuestal y de sus facultades legislativas en materia de revocación
de mandato.
Asimismo, se detectaron afectaciones a
derechos fundamentales de carácter político de la ciudadanía, concretamente al
derecho a participar en procesos de revocación de mandato.
Con el propósito
de defender los intereses de la Cámara de Diputados, el presidente de la Mesa
Directiva, Sergio Gutiérrez Luna decidió, en ejercicio de las facultades que le
confiere la ley, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23, numeral
1, inciso l), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, así como 233, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados;
presentó ante la Suprema Corte de Justicia dela Nación demanda de controversia
constitucional en contra del INE.
Derivado de lo
anterior, este instrumento jurídico tiene la finalidad de impugnar el acuerdo a
que llegó el INE el pasado viernes de posponer temporalmente varias fases del
proceso de revocación de mandato, de sus efectos y consecuencias.
Asimismo,
solicita la suspensión del mismo para el efecto de que el Instituto se abstenga
de posponer de forma temporal cualquiera de las actividades para la
organización del proceso de revocación de mandato del Presidente de la
República y continúe con la organización y el desarrollo de la totalidad de las
actividades de este ejercicio de democracia participativa hasta su conclusión.
En tal sentido
el organismo público autónomo deberá respetar en sus términos el ordenamiento
contenido en el artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de
Mandato, que precisa: “el Instituto deberá de garantizar la realización de este
ejercicio de revocación de mandato, por lo que hará los ajustes presupuestales
que fueran necesarios”.
La demanda fue
presentada este martes 21 de diciembre de 2021 en la Oficialía de Partes de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación.