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La diputada Yazmín de
los Ángeles Copete Zapot presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica
del Municipio Libre.
La diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot presentó una iniciativa
con proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre, que
tiene como objeto contar con disposiciones específicas sobre la facultad
reglamentaria de los municipios de la Entidad, lo que coadyuvará en el
ejercicio real de cada una de sus atribuciones, funciones y competencias en
beneficio de los gobernados.
La coordinadora del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución
Democrática (PRD), indicó que 149 ayuntamientos cuentan
con reglamentación municipal, entre tanto, 60 afirman tener ausencia absoluta
de ellos.
Por lo anterior, señaló, es necesario adicionar en la Ley Orgánica del
Municipio Libre el capítulo II BIS, denominado “De la facultad reglamentaria
municipal” en la que se establecerá que los municipios contarán con un
Prontuario Municipal. Éste tendrá por objeto la recopilación del Bando de
Policía y Gobierno, Reglamentos y el Plan Municipal de Desarrollo como
instrumentos normativos aplicables en sus respectivos ámbitos de validez.
En un periodo que no exceda de 90 días contados a partir de la
instalación del Ayuntamiento, éste deberá verificar que el contenido de sus
instrumentos normativos se encuentren actualizados.
De lo contrario, deberán de realizar las actualizaciones
correspondientes: la obligación en la elaboración, o en su caso, actualización
de los instrumentos normativos compete al Ayuntamiento con apoyo de su
Secretaría y de la Dirección Jurídica.
Una vez aprobados los ordenamientos respectivos, el Presidente Municipal
deberá enviarlos al Congreso del Estado para que en un término de 40 días, éste
emita su opinión, de no recibir respuesta, se realizará la publicación
correspondiente en la Gaceta Oficial.
El Bando de Policía y Gobierno es un conjunto de disposiciones publicadas
oficialmente, cuya finalidad es hacer prevalecer en la población, los valores
cívicos y las normas para una convivencia armónica y civilizada en el espacio
público, determinando los supuestos de su infracción y de su consecuente
sanción.
Los reglamentos municipales contienen preceptos imperativos
orientados a la consecución de fines dentro de una comunidad determinada.
En un artículo transitorio se señala la abrogación de la Ley que
Establece las Bases Generales para la Expedición de Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de
Observancia General de Orden Municipal.
La diputada expuso que de acuerdo con la información del portal
electrónico del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo
Municipal (INAFED), y de su Índice de ReglamentaciónMunicipal Básica del año
2014, se pudo apreciar que, de los 212 municipios que integran la entidad
veracruzana, 209 colaboraron, es decir, 98 por ciento de los municipios
veracruzanos aportaron información oficial respecto a su reglamentación.