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miércoles, 6 de noviembre de 2024

Aprueba Congreso de Veracruz reformas de igualdad sustantiva y vivienda a trabajadores.


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Minutas remitidas por las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión.
**Obtuvieron el voto aprobatorio de las y los 50 integrantes del Poder Legislativo de Veracruz.

Xalapa, Ver. 06 noviembre 2024.- Las diputadas y los diputados de la LXVII Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron las Minutas con proyecto de decreto, remitidas por las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y erradicación de la brecha salarial por razones de género, así como de vivienda para las personas trabajadoras.

En la Primera Sesión Ordinaria, del Primer Periodo Ordinario, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, informó sobre la recepción de las Minutas y el procedimiento establecido para el debate y la votación.

La Minuta que reforma los Artículos 4º, 21, 41, 73, 116, 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y erradicación de la brecha salarial por razones de género, registró 50 votos a favor (todos los diputados).

El contenido de la reforma establece que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres y que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños.

Prevé también que los nombramientos de las personas titulares en la administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y Municipios, deberán observar el principio de paridad de género. Las leyes determinarán las formas y modalidades que correspondan.

La Minuta proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción XII del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vivienda para las personas trabajadoras, remitida por la Cámara de Senadores, obtuvo 50 votos a favor.

Esta modificación constitucional puntualiza que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias, a proporcionar a sus personas trabajadoras viviendas adecuadas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un Fondo Nacional de la Vivienda, a fin de constituir depósitos en favor de sus personas trabajadoras.

El Fondo establecerá un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora; también podrá adquirir suelo y construir vivienda, en los términos que fije la ley.

Constituyen la JUCOPO en la LXVII Legislatura del Congreso de Veracruz.

Como parte de los trabajos del inicio de la LXVII Legislatura del estado de Veracruz y tras la lectura del informe presentado por la Secretaría General en relación con la constitución de los cuatro grupos legislativos en este Congreso, se realizó la instalación de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), que estará presidida por el diputado Esteban Bautista Hernández, coordinador de la bancada de Morena, que cuenta con 30 integrantes.

De conformidad con el párrafo segundo del Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el coordinador del grupo legislativo que cuente con la mayoría absoluta de diputados en el Congreso será el Presidente de la Jucopo por toda la legislatura (3 años).

De esta manera, la Jucopo queda conformada de la siguiente manera con los grupos legislativos, sus coordinadores y el número de integrantes: Morena, Esteban Bautista Hernández, con 30; Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, con 6; Partido Acción Nacional (PAN), Enrique Cambranis Torres, con 5; y Partido del Trabajo (PT), Ramón Díaz Ávila, con 5.

Para el caso de la representación popular de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC), al contar cada uno con 2 integrantes, no podrán forman grupo legislativo.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Jucopo es el órgano de gobierno del Congreso, encargado de vigilar el óptimo ejercicio de las funciones legislativas, políticas y administrativas.

Funcionará de manera colegiada y se integrará con los coordinadores de los grupos legislativos y, en caso de no poder constituirse en grupo legislativo, el partido respectivo acreditará ante la Junta a un diputado con voz, pero sin voto.

El Presidente de la Jucopo tiene las atribuciones para convocar y conducir las reuniones de trabajo, vigilar el cumplimiento de las resoluciones, someter a la consideración de la Junta de Trabajos Legislativos criterios para la elaboración del Orden del Día de las sesiones del Pleno, los proyectos de agenda legislativa durante los períodos de sesiones y los recesos legislativos, así como el calendario para su desahogo, en los términos que disponga la ley