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Por decreto presidencial los siguientes 5 años
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Se publica el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación
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Seguridad y violencia el talón de Aquiles
Por Miguel Angel Cristiani Gonzalez
Uno de los
talones de Aquiles de los gobiernos federales en los últimos sexenios ha sido
el de la inseguridad y violencia en el territorio nacional, por ello es que
ahora se aplica el dicho de que una cosa es lo que dicen los políticos en
campaña electoral y otra muy distinta es lo que aplican cuando llegan al
llamado pinche poder.
Para no ir muy
lejos, este lunes, el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador
publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, mediante el cual se
dispone que la llamada Fuerza Armada pueda llevar a cabo tareas de seguridad
pública “de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y
complementaria”.
Traducido a
términos coloquiales, significa que el Ejército y la Armada que desde hace ya
un año salieron a las calles a realizar funciones de la policía, continuarán
haciéndolo hasta los próximos cinco años, es decir, cuando haya terminado el
gobierno de Andrés López Obrador, sino es que le aplican antes la revocación de
mandato.
Mientras tanto,
habría que recordarle al ahora presidente de la república, como tanto le gusta
hacerlo en sus remembranzas mañaneras, que apenas hace unos años, cuando
todavía era el eterno candidato a ocupar el cargo, que una de las promesas de
campaña y que ahí están conservadas en los archivos de la prensa, era de que habría
de sacar a las fuerzas armadas de la mal llamada guerra contra la delincuencia,
como lo había hecho el presidente Felipe Calderón a quien tanto critica hoy.
Pero contrario a
lo prometido en campaña, ahora desde el poder presidencial López Obrador firmó
un acuerdo en el que “Se ordena a la Fuerza Armada permanente a participar de
manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con
la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta
última, durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su
estructura, capacidades e implantación territorial, sin que dicha participación
exceda de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto por
el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia
Nacional, publicado el 26 de marzo de 2019, en el Diario Oficial de la
Federación.”
A manera de
justificación, en los considerandos del acuerdo se dice que el 26 de marzo de
2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que
se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional;
Que el
transitorio Quinto del Decreto referido, en el primer párrafo estableció que,
durante los cinco años siguientes a su entrada en vigor, y en tanto la Guardia
Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el
Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas
de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada,
subordinada y complementaria.
Así las cosas,
lo que en su momento fue motivo de polémicas, por la modificación a la Constitución,
ahora simplemente con la firma de un decreto presidencial, se deja a las
llamadas Fuerzas Armadas con funciones de policías militares.
Gracias a
ese decreto, a partir de ahora, los elementos del Ejército y la Marina podrán
ejecutar legalmente doce funciones de seguridad pública que por definición,
eran competencia exclusiva de los policías civiles en México, y que van desde
la posibilidad de hacer detenciones por cuenta propia, hasta supervisar cruces
migratorios o participar en operativos para “reestablecer el orden”.
La orden se
sustenta en una reforma constitucional aprobada el año pasado con motivo de la
creación de la Guardia Nacional, la cual habilitaba al presidente a echar mano
durante los próximos cinco años de las fuerzas miliares convencionales para
funciones policiales.
En el papel
se trata, según dicha reforma, de un apoyo solo para situaciones
“extraordinarias” y subordinada a un mando civil, mientras se terminaba de
conformar y desplegar a la referida Guardia Nacional.
Con el ambiguo
término “Situaciones Extraordinarias” se deja en total libertad al presidente
de la república, para que pueda mandar al ejército y la marina, a realizar prácticamente
cualquier actividad de combate no solo a la delincuencia, sino también en otras
acciones, no precisamente en contra de la inseguridad y la violencia.
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