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viernes, 6 de julio de 2018

Deberá el Congreso de Veracruz despenalizar la interrupción del embarazo


* Ordena Juez reformar el Código Penal del estado para atender la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado

Xalapa, Ver.- Organizaciones civiles lograron una sentencia histórica, luego de que el juez décimo octavo de distrito, José Ezequiel Santos Álvarez, concediera un amparo que ordena al Congreso de Veracruz reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado, para despenalizar la interrupción del embarazo. Con ello se evitará daños a la salud y la muerte de mujeres por acudir a prácticas insalubres, afirmó la síndica única Angélica Ivonne Cisneros Luján, presidenta de la Comisión edilicia para la Igualdad de Género.

Durante una conferencia de prensa, agradeció a las organizaciones civiles, colectivos y ciudadanía que con su lucha hicieron posible esta resolución, y dijo que “la atención médica de segundo nivel, que abarca la interrupción legal del embarazo, está a cargo de la Secretaría de Salud. Sin embargo, ante cualquier reclamo por no atender esta situación, el Gobierno Municipal tiene la facultad de supervisar y llegar a acuerdos con autoridades sanitarias”.

La Síndica Única agregó que el Ayuntamiento verifica que la atención de todas las y los xalapeños en hospitales públicos sea de calidad, con calidez, y que reciban los medicamentos y alimentos adecuados, independientemente de la causa.

La directora del Instituto Municipal de las Mujeres de Xalapa, Yadira Esther Hidalgo González dijo que luego de que la LXIV Legislatura de Veracruz declarara improcedente dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Código Penal del Estado, presentada por la entonces diputada local Tanya Carola Viveros Cházaro, organizaciones civiles como el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Justicia, Derechos Humanos y Género; el Colectivo Feminista de Xalapa y el Colectivo Akelarre interpusieron un amparo pues consideraron que se violentaron los derechos sexuales de las veracruzanas, su derecho a la salud y a la vida.

Con esto se atiende las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado en la entidad, declarada por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) en 2017, al considerar que la prohibición y criminalización del aborto vulnera sus derechos humanos.

Por su parte, la directora de Asuntos Jurídicos del Ayuntamiento, Andrea Doria Ortiz Aguirre, informó que actualmente, el artículo 149 del Código Penal señala que “comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas”; la reforma a este artículo establece eliminar la palabra “delito” y definir al aborto como “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”.

Con la reforma, el artículo 150 dictaría que “a la mujer que se practique un aborto o consienta que otra persona la auxilie o la haga abortar, se le aplicarán en libertad medidas específicas e integrales con respeto a sus derechos humanos”.

Mientras que para el 154 aumentaría las “excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto”, contemplando que la mujer pueda interrumpir su embarazo por falta de prevención, por violación o inseminación artificial no consentida, por causa involuntaria o cuando existan riesgos a su salud.

Con estas reformas se busca que las mujeres sean protegidas y no criminalizadas; el plazo para acatar esta sentencia es el 31 de julio, de no hacerlo, las y los legisladores podrían ser retirados de su cargo o hasta se puede iniciar un proceso legal en su contra por incumplimiento de la sentencia.