· El dictamen fue
aprobado con 24 votos a favor, 7 en contra y 14 abstenciones.
El Pleno de la LXV Legislatura, aprobó
el dictamen de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales por
el que se reforma el artículo 154 Quater, del Código Penal del Estado de
Veracruz, que faculta al Ministerio Público a tener las medidas preventivas
necesarias para salvaguardar la integridad física o psíquica de la víctima de
violencia familiar, debiendo informar al juez para que en audiencia pública
decrete lo procedente.
El dictamen, resultado de la iniciativa
presentada por la diputada Rosalinda Galindo Silva, dota al Ministerio Público
de los instrumentos jurídicos necesarios, para que al momento de conocer de los
hechos, pueda ordenar las medidas preventivas constituyendo acciones
anticipadas, disuadiendo afectaciones mayores para las víctimas de violencia
familiar.
La reforma responde a que las medidas
actuales del Ministerio Público resultan limitadas en sus atribuciones al
actuar a favor de las víctimas, por lo que la reforma a dicho artículo dota al
Ministerio Público para tener, a su alcance inmediato, las medidas de
protección que protejan anticipadamente a las víctimas de violencia
familiar.
En este sentido, el artículo 154 Quater
del Código Penal de la entidad, ya contempla las medidas de prevención para
salvaguardar la atención de las víctimas, sin embargo éstas se encontraban
condicionadas a petición del juez, por lo que con esta reforma, las víctimas
dejarán de estar desprotegidas temporalmente pues no se tendrá que esperar a
que el juez acuerde al respecto.
Durante
su intervención, la autora de la iniciativa, diputada Rosalinda Galindo Silva,
resaltó que actualmente la atribución del Ministerio Público, para
acordar medidas preventivas de protección que le impone el Código Penal local,
resulta limitada en comparación con la atribución que establece el Código
Nacional de Procedimientos Penales, para ordenar en favor de las víctimas de
violencia familiar.
Asimismo,
señaló que el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el artículo 137
párrafo primero, otorga, entre otras atribuciones del Ministerio Público, la
atribución de ordenar medidas de protección idóneas, para salvaguardar la
seguridad de las víctimas, por lo que la propuesta que hoy presenta la Comisión
de Justicia armoniza el Artículo 154 Quater del Código Penal para el Estado, a
la disposición Federal.
El dictamen fue aprobado con 24 votos a
favor, 7 en contra y 14 abstenciones.