BITÁCORA POLÍTICA
Por Miguel Ángel Cristiani G.
Lo que comenzó presentándose como una iniciativa para
modernizar los catastros y los registros públicos de la propiedad terminó
convirtiéndose en una nueva preocupación para millones de propietarios de
viviendas en México.
La llamada Ley General para el Fortalecimiento y
Armonización Catastral y Registral ya fue aprobada por ambas cámaras del
Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Su implementación
está prevista para entrar en operación el primero de enero de 2027.
La reforma establece una Clave Única Catastral y una Cédula
Única Catastral y Registral, además de plataformas nacionales que permitirán
concentrar, homologar e intercambiar información sobre los bienes inmuebles de
todo el país.
En términos sencillos, cada propiedad tendrá una
identificación única y sus datos catastrales y registrales podrán vincularse en
un sistema nacional coordinado por las autoridades federales.
Sobre el papel, la propuesta suena bastante bien:
modernización, ordenamiento, transparencia y mayor seguridad jurídica. ¿Quién
podría oponerse a que los registros de las propiedades estén actualizados y que
se combata el despojo?
El problema comienza cuando se analiza lo que puede ocurrir
con esa información y, particularmente, con el bolsillo de los ciudadanos.
Uno de los principales focos de atención es la actualización
de los valores catastrales. Hay propiedades que durante años han conservado
registros de superficies, construcciones y características que ya no
corresponden con su realidad.
Si una vivienda aparece registrada con 100 metros cuadrados,
pero tiene 150, o si su zona ha experimentado una importante revalorización,
podría modificarse su base gravable y, dependiendo de las disposiciones
municipales, aumentar el impuesto predial.
Hay que aclararlo: la nueva ley no establece por sí misma un
aumento automático del predial. Sin embargo, sí abre un escenario en el que la
actualización de la información catastral puede tener consecuencias fiscales
para los propietarios.
Y aquí está la pregunta que las autoridades deben responder:
¿cómo garantizarán que esas actualizaciones sean correctas, transparentes y,
sobre todo, que no terminen castigando económicamente a quienes simplemente
tienen una vivienda?
Otro asunto delicado es la concentración de información
patrimonial. Que el gobierno pueda consultar y cruzar datos de las propiedades
plantea legítimas preocupaciones sobre la protección de datos personales, la
seguridad informática y el uso que se dará a esa información.
Tampoco debe minimizarse la posibilidad de errores. Si los
catastros municipales, algunos de ellos con rezagos tecnológicos y
administrativos, trasladan información equivocada a las nuevas plataformas,
¿quién pagará las consecuencias? ¿La autoridad que cometió el error o el
ciudadano obligado a demostrar nuevamente que su escritura y su propiedad son
correctas?
Por eso, antes de que llegue 2027, conviene revisar las
escrituras, la boleta predial, la constancia catastral y el Folio Real del
Registro Público de la Propiedad. Comparar superficies, colindancias y
titularidad puede evitar futuros problemas. También es recomendable conservar
copias digitales de los documentos.
La modernización del catastro puede ser necesaria, pero no
debe convertirse en un mecanismo para incrementar la recaudación sin garantías
ni para colocar el patrimonio de los ciudadanos bajo una vigilancia sin
controles suficientes.
Porque una cosa es poner orden en los registros públicos y
otra muy distinta es que, con el pretexto de modernizarlos, termine siendo el
ciudadano quien pague los platos rotos.
El patrimonio de una
familia representa años de trabajo y sacrificio. No puede tratarse como una
simple ficha en una base de datos gubernamental.