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lunes, 6 de marzo de 2023

Urge legislación en materia de reconocimiento facial para delincuentes

“Cuando un gobierno no combate la criminalidad es porque son cómplices.” Nayib Bukele. Presidente de El Salvador

Horacio Chavira 

Las estadísticas de delincuencia en Veracruz y México a lo largo que transcurre el tiempo van en aumento, a los ciudadanos se les ha quedado a deber en materia de seguridad tanto los gobiernos del PRI, del PAN y del tan anhelado cambio de MORENA, cuántas familias viven angustiadas por algún hijo, padre, madre desaparecido, que tal vez nunca volverán a ver.

En Veracruz existen los denominados C4, El Centro Estatal de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo (C4), y varios subcentros, estos operan varias cámaras de vigilancia, pero solo las tienen de adorno, dinero mal aplicado de los recursos de todos los veracruzanos.  

Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, tienen que trabajar a marchas forzadas para actualizarse en materia de detención de delincuentes, pareciera que no les importara la vida de los ciudadanos votantes en cierto caso que gracias a ellos están en algún cargo público, pero lo más preocupante es que es la delincuencia misma la que parece llevar un paso adelante a los que se supone deben impartir la justicia, ya no se puede combatir la delincuencia con la tecnología del siglo pasado. Los gobiernos siguen gastando enormes presupuestos en capital humano, uniformes y equipo táctico, vehículos y armamento, que ha quedado demostrado no sirven para nada, ya que a plena luz del día asesinan, roban y secuestran a ciudadanos la mayoría me atrevo a decir inocentes y los maleantes siguen libres delinquiendo. 

Ha quedado demostrado en la historia que el uso adecuado de la tecnología ha ayudado a la impartición de justicia, con la implementación de la “detección del polígrafo” y anteriormente las huellas dactilares se lograron detener a múltiples homicidas y delincuentes de vario tipo.  

En la actualidad no es la excepción, países como China y Estados Unidos han implementado la tecnología de reconocimiento facial para bajar considerablemente la tasa delictiva en sus países; Porque? si estos países son caso probado de éxito, no se replica esta tecnología en Veracruz y México para así poderle dar a la ciudadanía una mayor tranquilidad y tener así un mejor estado de derecho.

Queridos lectores comparto con ustedes los siguientes aportes: DIVULGARE Boletín Científico de la Escuela Superior de Actopan.

Identidad facial. Seguridad contra derecho a la privacidad

Face identity. Security versus the right to privacy

Ricardo Castillo Solano 


Resumen: La identidad facial como dato personal sensible implica el estudio a ciertos derechos fundamentales como lo es el de Privacidad y el de vida privada; existen excepciones para que estos puedan tratarse de diferente manera como lo es la seguridad nacional y la investigación criminal. Si México opta por su uso deberá ponderar siempre los derechos fundamentales previstos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que es parte.

Introducción

La implementación de la tecnología facilita las actividades de las personas humanas, es tarea del Estado apoyarse de los avances de la tecnología para facilitar el acceso a la justicia como derecho fundamental y, en materia penal, para cumplir con los principios del proceso penal acusatorio tales como: esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.

Día a día la tecnología cambia nuestras vidas y la facilita, por ello, el Derecho se ha apoyado de la misma para implementarla en la procuración e impartición de justicia, como lo es en el uso de la identidad facial.

En este sentido, es importante determinar los alcances en el uso de la tecnología, así como recordar que, los Tratados Internacionales que México ha ratificado, sobre todo aquellos que promueven la protección de datos personales, el derecho a la privacidad, a la intimidad y a la vida privada.

Su regulación es crucial, para determinar la protección de los derechos fundamentales mencionados y también lo es conocer las excepciones que pueden evitar el uso excesivo de facultades por parte del Estado a efecto de afectar la privacidad; ejemplo de ello, podemos encontrar la procuración e impartición de justicia, en especial la investigación de conductas criminales, ya que las tendencias actuales arrojan usar a la identidad facial como medio para obtener una base de datos de la ciudadanía e identificarlos de manera más rápida y así perseguirles.


Planteamiento del problema

La comisión de delitos es una enfermedad que agrava a la Sociedad, en ocasiones, encontrar a la persona que cometió un delito es muy complicado por la hora en la que se realizó, por la iluminación, por la capacidad para observar de las personas testigos, entre muchos otros factores.

De la misma manera, es muy fácil que las personas cambien sus “rasgos físicos” con la intención de no ser identificadas fácilmente.

Por ello, ¿la identificación por biométricos puede la solución? Si otros países la han adoptado ¿Qué necesita estudiar México para poder aplicarla en la investigación criminal?


Propuestas para plantear el uso de la identidad facial en la investigación criminal

Como lo mencionamos anteriormente, una excepción al derecho de Privacidad lo es la seguridad, por lo tanto, esto podría utilizarse éticamente para la investigación criminal o más bien, esto ha sido utilizado en otros países y México debe ponderar su uso y evitar poner encima a la seguridad nacional e interés público sobre la vida privada.

Si desean leer el boletín completo les comparto el siguiente link: https://repository.uaeh.edu.mx/revistas/index.php/divulgare/article/download/8887/8996/#:~:text=La%20identidad%20facial%20como%20dato,nacional%20y%20la%20investigaci%C3%B3n%20criminal