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Los “Servicios
de Comunicación Social y Publicidad”
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De los
111 contratos, se adjudicaron 29 a sólo 9 empresas contratistas
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Sin
respetar los criterios normativos de imparcialidad y transparencia
Por Miguel Ángel Cristiani González
No
solamente son los 212 municipios a los que audita el Órgano de Fiscalización Superior
ORFIS, también a los llamados Entes Públicos, que reciben y manejan presupuestos
entregados por el Estado de Veracruz.
Dichos Órganos Autónomos a los que se hicieron observaciones en sus cuentas públicas son:
Comisión
Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
Organismo
Público Local Electoral OPLE
Universidad Veracruzana (UV).
Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales (IVAI).
Comisión Estatal para la Atención y
Protección de los Periodistas (CEAPP).
Fiscalía General del Estado (FGE).
Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
Tribunal Estatal de Justicia Administrativa
de Veracruz (TEJAV).
En
el caso específico de la Universidad Veracruzana, en el año 2021, tuvo la Observación Número: FP-012/2021/011 ADM referente
al tema de la contratación y pago a los Medios de Comunicación
Derivado
de la revisión de la muestra seleccionada de las erogaciones efectuadas por la
Universidad al Capítulo 3000 “Servicios Generales”, en la partida 05136
“Servicios de Comunicación Social y Publicidad” con un saldo al 31 de diciembre
de 2021 por $3,182,047.20, se detectaron Comprobantes Fiscales Digitales por
Internet (CFDI´S) por concepto de “Difusión por medios impresos y no impresos”,
de los cuales no proporcionaron evidencia documental de que las Entidades
Académicas y Dependencias de la Universidad Veracruzana, hayan contado con el
visto bueno o autorización por parte de la Dirección General de Comunicación
Universitaria, previamente a la realización del trámite del pago ante la
Dirección de Egresos de la Universidad, conforme a los Lineamientos Específicos
para el ejercicio del gasto 2021, emitidos por la Secretaría de Administración
y Finanzas de la Universidad Veracruzana y a la Guía Operativa del Plan de
Cuentas 2021.
Incumpliendo
presuntamente los servidores y ex servidores públicos responsables con lo
establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental y 186 fracciones III, XI, XVIII y XLI y 272 del Código Financiero
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
También
durante el ejercicio 2021 se reportan 111 “obras y servicios” adjudicados
mediante contrato por un monto total de $134,409,206.99, encontrando lo
siguiente:
• 29 obras y servicios contratados a
través del procedimiento de Licitación Pública.
• 79 obras y servicios contratados a
través del procedimiento de Adjudicación Directa.
• 3 obras y servicios contratados a través
del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas.
De
los 111 contratos, se adjudicaron 29 a sólo 9 empresas contratistas, sin
respetar los criterios normativos de imparcialidad y transparencia
En
el Dictamen del ORFIS se especifica que la Fiscalización Superior de la Cuenta
Pública del ejercicio 2021 se practicó sobre la totalidad de la información
proporcionada por el Ente Fiscalizable, por lo que la veracidad de la misma es
responsabilidad de las y los servidores públicos que administraron los recursos
del ejercicio que se auditó. La revisión efectuada por el ORFIS fue planeada y
desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, aplicando los
procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron
necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente
Informe Individual.
Una
vez concluido el Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública
del ejercicio 2021 y los plazos legales para la solventación de los resultados
notificados en el Pliego de Observaciones, el ORFIS dictamina que derivado del
análisis efectuado a las aclaraciones y documentación justificatoria y
comprobatoria presentadas, éstas no fueron suficientes para solventar las
observaciones que implican la inobservancia de disposiciones legales o que
denotan una deficiencia administrativa por error, omisión o negligencia, pero
que no causan perjuicio a la Hacienda Pública de la Universidad Veracruzana,
incluidas en el correspondiente apartado, respecto de las que el Titular del
Órgano Interno de Control deberá continuar con la investigación respectiva y
promover las acciones que procedan, informando al ORFIS dentro de los treinta
días hábiles siguientes a la vista desahogada, el número de expediente y fecha
con el que se inició la investigación o procedimiento respectivo. Asimismo,
deberá remitir al Órgano de Fiscalización Superior del Estado un tanto en copia
certificada de la resolución definitiva que se determine, dentro de los diez
días hábiles siguientes a su emisión.
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