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martes, 30 de agosto de 2022

“Corte protege libertad de expresión de la radio y la tv”: CIRT

Benjamín Domínguez Olmos

• Para distar entre opinión e información al ofrecer una noticia

• No respetó participación de todas las fuerzas parlamentarias

• INE respeta derecho a la libertad de expresión, dice a CNDH

• No sanciona ni multa a periodistas ni a usuarios de las redes

• Marko Cortés destapa como presidenciable a Mauricio Kuri

• Lily Tellez anuncia gira nacional para ser candidata del PAN


De los creadores de los mundos imposibles: Atribuida a Richard Burton: -La diferencia entre un artista y un político estriba en que el primero finge a veces; el segundo, siempre… (Froylán Flores Cancela)


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de votos, invalidó el decreto de reforma publicada en el Diario Oficial de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por fallas en el proceso legislativo.


Sobre el particular, el del Consejo Directivo de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión, José Antonio García Herrera, dijo que lo acordado por la Corte «queda frenado judicialmente el intento de obligar a los concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia y, todo intento de sobrerregular a la radio y televisión mexicana».


Precisó que al invalidad ese decreto, «se protegió la libertad de expresión de la radio y la televisión mexicanas, ahora le corresponderá al Congreso -nuevamente- emprender una reforma en esta materia escuchando a todas las voces involucradas, lo que sucederá hasta que la Corte notifique la sentencia, por lo que no se puede estar especulando ni mal informando en lo que todavía no existe, una sentencia final, llamada engrose».


El Pleno de la SCJN invalidó el decreto por el que se reformó la LFTR, por violaciones graves al procedimiento legislativo desarrollado ante la propia Cámara que impactaron en la calidad democrática de la decisión finalmente adoptada.


Tras analizar las impugnaciones formuladas por una minoría parlamentaria de la Cámara de Senadores en contra del Decreto que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2017, la Corte consideró que no se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, al haberse incumplido reglas mínimas, tanto en las comisiones como en el pleno del órgano legislativo, que permitieran a las mayorías y minorías legislativas expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.


La acción de inconstitucionalidad 150/2017 y su acumulada 153/2017, fue promovidas por diversos senadores integrantes de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión y el Partido de la Revolución Democrática, demandando la invalidez del citado Decreto.


Comentarios a vuela pluma


El Instituto Nacional Electoral, aseguró este lunes que siempre ha respetado, promovido y garantizado el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas, actores políticos, así como de usuarios, comentaristas, activistas en redes sociales y de la ciudadanía en general. Por medio de un comunicado, respondió el organismo electoral al llamado que hizo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a respetar la libertad de expresión, asegurando que el INE ha impuesto sanciones y multas a periodistas e influencers por expresar sus puntos de vista sobre el acontecer político en México. En respuesta, el organismo aclaró que no impone sanciones o multas a periodistas y usuarios de redes sociales. En última instancia, explicó, no es la autoridad que resuelve los Procedimientos Especiales Sancionadores derivados de quejas y denuncias de los actores políticos. “Como es del dominio público, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE es la autoridad que recibe las quejas en materia electoral y la encargada de llevar a cabo las investigaciones de los casos denunciados, pero no resuelve el fondo de los mismos. Esto le corresponde al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio de la Sala Regional especializada y, en última instancia, por parte de la Sala Superior”, precisa. Expresa que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, con la previa propuesta de la UTCE, puede determinar la aplicación de medidas cautelares, entre las que se encuentran la suspensión de la difusión de publicaciones en redes sociales hasta que el fondo del asunto se resuelva… El líder panista Marko Cortés, destapó al gobernador Mauricio Kuri, como candidato de ese partido a la Presidencia de la República en 2024. En tanto, la senadora Lilly Téllez anunció que próximamente empezará a viajar por el país, en busca de representar a ese partido para suceder al presidente López Obrador. En el marco de la reunión plenaria del grupo parlamentario del PAN, que se realiza en Querétaro, Marko destacó que Kuri ha demostrado capacidad y liderazgo, además de ser una “persona que podría generar una ecuación muy importante entre todos los actores en México que ven que las cosas van de mal en peor”.


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