Por Rubén Morales Aburto
Para
Ricardo Ahued la modificación al Artículo 23 en su fracción II de la Ley del
SAT es necesaria
El
Senador Veracruzano, expuso sus razones de peso ya que su experiencia lo ha
llevado a aceptar que es necesario que los requisitos para la titularidad en el
SAT, tenga ciertas modificaciones, que prioricen y optimicen el desempeño como
tal.
El
Senador por MORENA, Ricardo Agued Bardahuil, en tribuna expuso sus razones en
concordancia con su experiencia tanto en el ramo empresarial así como ex
legislador federal y local por Veracruz: “Yo estoy a favor de la propuesta que
hizo nuestra compañera Senadora, más allá que no sea de mi partido, que es la
Senadora Sasil, del Partido Encuentro Social, aunque haya existido algún
acuerdo de campaña, pero no siendo de mi partido he analizado, he escuchado con
atención las inquietudes que han propuesto aquí, y todas son válidas.
Simplemente a mí me parece que hay un exceso cuando yo quisiera juzgar a los
funcionarios a las funcionarias, aquí se está hablando de diez años que tengan
de antigüedad profesional, a mí eso, sin ofender, a mí me satisface, 10 años de
ser profesionales es suficiente”.
Sobre
el tema fundamental que se analizó sobre la formación de los antecesores en el
SAT, el Senador Ahued fue muy claro al afirmar que tener cargos en la
administración o pública, es subjetivo de honorabilidad, ya que ya hace muchos
años, los que de alguna manera contaban con toda la experiencia pues tenían
grandes estudios en la materia financiera, de derecho, de derecho fiscal, y fue
un caos, y no quiero generalizar, tampoco, dijo, pero esa no es una medida que
a él le da confianza, las opciones que sean motivo que se van a manejar ya los
temas fiscales en el país.
En su
experiencia aseguró que, una vez que propusieron, los que saben, y los que
tenían tanto tiempo ahí en esta administración fiscal, una caja registradora y
tenían dos rollos de papel, y esas cajas registradoras tenían una temporalidad,
hicieron invertir miles de pesos a los contribuyentes, y fue un fracaso el tema
de esas oficinas y sus operadores y ellos mismos, los que tenían experiencia
excesiva inventaron también, enviaron una ley de ingreso aprobada con la
mayoría, y había que gravar con el 2 % a los depósitos en efectivo en
este país.
Finalmente
Ahued Bardahuil, dejó en claro que quiere para el futuro del país: “Yo quisiera
que llegara gente con los conocimientos de 10 años, que tenga la experiencia
académica, que tenga la academia en la Función Pública, pero hay algo que no te
lo va a dar ninguno de esos requisitos que aquí hemos avisado, que sea
honorable, que sea honesto, que no sea corrupto, que no sea corrupta, que no
ocupe el cargo público para bañarse como se han bañado a saquear este país, eso
lo vamos a parar. Ya no podemos tolerar funcionarios, ni en Hacienda, ni en
algún lugar que hayan sido cómplices de lo que hoy vive este país. Por eso hay
gobierno, entidades federativas saqueadas, porque pasaron de humo en el SAT, y
no se dieron cuenta de lo que pasaba. Autorizaban crédito a diestra y siniestra,
y ellos eran los que autorizaban los créditos que endeudaron a los estados
indebidamente”, apuntó.
Una vez
presentado el dictamen ante las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y
también ante la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, de la LXIV
Legislatura, se turnó la iniciativa que propone modificar la fracción II del
artículo 13 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Ese dictamen
es el que propone establecer como requisito para ser Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, SAT: a) contar con título profesional, b) al menos
con 10 años de antigüedad y c) se cuente a la vez con estudios especializados
en las materias que son responsabilidad del Sistema de Administración
Tributaria. Es decir que sea acorde con el principio de igualdad en el acceso a
la función pública, y propicia la captación de los mejores perfiles para el
servicio del Estado.
La
mencionada modificación igualmente propone, que el Titular del SAT no desempeñe
durante el período de su encargo otra comisión o empleo dentro de la
Federación, entidades federativas, municipios, alcaldías de la Ciudad de
México, órganos autónomos constitucionales, organismos descentralizados,
empresas productivas del Estado, empresas de participación estatal o de algún
particular, excepto los cargos a empleo de carácter docente y de los
honoríficos, así como también estará impedido para ejercer su profesión, salvo
en causa propia. Igualmente esta Ley del SAT establece un listado de
atribuciones que deberá vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las
disposiciones fiscales y aduaneras, y una eficiente recaudación de los
ingresos.